Un sistema parlamentarista para Colombia

 

Colombia, como todos los países de América Latina, una vez obtenida la independencia del Imperio español adoptó el sistema presidencialista que los Estados Unidos de América habían establecido unas décadas atrás. Las nuevas naciones consideraron que era necesario un ejecutivo fuerte para enfrentar los futuros desafíos.

Sin embargo, después de doscientos años de historia política y constitucional es claro que esta forma de gobierno sólo ha servido en el gran país del norte, pues las débiles democracias al sur del continente se han visto seriamente afectadas por el omnímodo poder gubernamental, que ha convertido al ejecutivo en el centro de la política y ha terminado sometiendo y cooptando a los demás poderes públicos.

Ahora que tanto se proponen reformas políticas que modifican todo pero no cambian nada, sería conveniente reflexionar sobre la posibilidad de introducir cambios en dirección hacia el parlamentarismo, idea nada descabellada si se tiene que en cuenta que la Constitución de 1991 introdujo la moción de censura a los ministros y la reforma constitucional contenida en el Acto Legislativo 2 de 2015 otorgó una curul en Senado y Cámara para los candidatos que le sigan en votos a quienes ganen la elección presidencial y vicepresidencial.

Para ello se puede empezar con una reforma a la Ley 5 de 1992, reglamento del Congreso, que fortalezca la figura de los voceros en ambas cámaras y cree la figura del líder del grupo parlamentario, ambos escogidos por votación interna de los partidos. También sería interesante una reforma constitucional que elimine las listas con voto preferente, para que se fortalezcan los partidos y se vote por éstos y no por sus miembros individualmente considerados.

Otra reforma también importante, que tendría gran respaldo popular, es la reducción de ambas cámaras y que el Senado vuelva a ser conformado por circunscripción departamental, esto es, se elijan dos senadores por cada departamento y el distrito capital de Bogotá, más representantes de los indígenas y afrodescendientes, para un total de setenta miembros, asegurando que todos los departamentos tengan representación en la cámara alta, situación que actualmente no sucede y disminuyendo de paso el elevado costo de las campañas senatoriales.

 

Daniel Fabián Torres Bayona

Abogado, Especialista en Derecho Público, Magister en Derecho y Doctorando en Derecho.

 

Abogado litigante en derecho público y Profesor universitario en derecho constitucional.

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