IMPLEMENTACIÓN DE PLATAFORMAS VIRTUALES EN LA RAMA JUDICIAL EN TIEMPOS DE PANDEMIA

IMPLEMENTACIÓN DE PLATAFORMAS VIRTUALES EN LA RAMA JUDICIAL PARA EJERCER EL LITIGIO DE MANERA DIGITAL, TELETRABAJO Y REALIDADES JURÍDICAS CON OCASIÓN DE LA PANDEMIA DEL COVID 19.

 

En estos días de confinamiento y en cumplimiento de las disposiciones legales emitidas por nuestros dirigentes, suceden muchas cosas que es mejor contarlas a manera de terapia, pues pareciera que estuviéramos pagando una pena de casa por cárcel sin juicio previo y en atropello del debido Proceso. Es claro que es más que justificada dicha situación, pues estamos afrontando un hecho histórico y una prueba de resistencia y adaptación por cuenta de un virus que hasta el momento no sabemos de manera fehaciente  cual es su origen y cuál será su fin. Sin embargo debo decir que es admirable la capacidad de la mayoría de habitantes de nuestro país al afrontar con gallardía el más grande atropello de Derechos Fundamentales en combo en la historia de nuestro país. Es claro que mientras el mundo entero no escatimo en dedicar dinero y tiempo a la tecnología, a las armas, y al mal llamado “desarrollo”, nunca se preparo para un virus que tiene la capacidad de viajar por todo el mundo contagiando de manera invisible a la población. Tal situación dejo al desnudo todas las falencias que puede llegar a tener un Estado, en especial es aspectos vitales como el sector de la salud, en las garantías y materialización de los fines esenciales del Estado, en el derecho al trabajo y al mínimo vital, en las falsas estadísticas sobre desempleo teniendo en cuenta que un alto porcentaje de trabajadores del país lo hacen desde la informalidad y al parecer que estos últimos no cuentan para el estado en muchos aspectos, y en general las grandes desigualdades que siempre ha tenido nuestro país.

En el caso de nosotros, los abogados litigantes, por cuenta de esta cuarentena, debemos manifestar que  nos sentimos desamparados e impacientes debido a las siguientes razones: Para empezar es claro que tenemos grandes expectativas respecto del resultado de los procesos y trámites judiciales en los cuales somos apoderados y a la fecha, es decir hoy 22 de mayo del 2020, no sabemos a ciencia cierta en qué momento y de qué manera se reanudaran las actividades de la Rama Judicial en cumplimiento de los lineamientos y directrices del Consejo Superior de la Judicatura, pues hemos advertido que varios sectores poco a poco han venido retomando actividades con modalidades tales como el teletrabajo y evitando las aglomeraciones de manera preventiva. Resulta entendible que tratándose de trámites judiciales no resulta sencillo implementar medidas tales como el Litigio digital, la firma digital y el teletrabajo (por lo complicado de la manipulación y transporte de expedientes), pero tampoco es imposible. En este sentido podemos mirar hacia los terrenos de la Cámara de Comercio en nuestro país, en donde se practican y llevan a cabo los procesos contemplados en la Ley 1563 de 2012 (Estatuto de Arbitraje Nacional e Internacional), en donde para empezar tienen una excelente atención al público al momento de guiar y asesorar a las partes sobre la mecánica Procesal, como también tienen habilitados canales y medios de internet para desarrollar audiencias de manera virtual, aspecto que resulta muy importante hablando de economía en tiempo y en dinero. Así mismo se permite radicar documentos, escritos, memoriales, recursos y otras manifestaciones vía correo electrónico, como también se realizan de esta forma las notificaciones que permite la norma. Es necesario no desconocer que dicho servicio tiene unos costos representativos, pero siendo realistas analizando la velocidad con la que se desarrollan los tramites arbitrales, esto se ve reflejado así mismo en los bolsillos de las partes.

Las ventajas nombradas anteriormente, son estrictamente necearías en las actuaciones de la rama judicial, teniendo en cuenta que actualmente los problemas de cumulo y falta de avance de los procesos en la mayoría de los despachos judiciales raya con la negación del derecho al acceso a la justicia, esto agravado con el cese de actividades por cuenta del covid 19.

No se entiende como en el Código general del Proceso, ley 1564, en su artículo 291, contempla la posibilidad de realizar la notificación personal por medio del correo electrónico de las partes y actualmente dicha notificación se sigue realizando a la antigua, es decir por medio de correo certificado y en físico, aspecto que no es para nada acorde a nuestra realidad, en donde los dispositivos electrónicos casi hacen parte de nuestros cuerpos.

Otro grupo grande de personas afectadas con el cese de actividades de la rama judicial por cuenta del covid 19, son nuestros representados, quienes en muchos casos tienen gran parte de sus expectativas y esperanzas puestas en los desenlaces de sus Procesos con la materialización del reconocimiento de sus derechos, ellos también tendrán que esperar para que se de tal hecho.

Estaremos pendientes a los pronunciamientos que realice el Consejo Superior d la Judicatura respecto de la reanudación de actividades de la rama judicial, y en qué términos se llevara a cabo, diciendo y explicando a nuestros representados que deben ser pacientes al igual que nosotros los abogados y que tan pronto se habilite de nuevo el servicio, ahí estaremos ejerciendo nuestro derecho de postulación.

 

 

 

Carlos Alberto Hernández Bautista

Soy una persona dedicada, responsable y hacendosa, comprometido con mi desarrollo tanto personal como profesional. Desde mi perspectiva humana y laboral estoy dispuesto a aportar al mejoramiento de las condiciones sociales del país a través de las actitudes emprendedoras que me caracterizan.
Estoy comprometido acorde con mi formación jurista y socio humanista, en los campos del derecho público, el derecho penal, el derecho laboral, el derecho de familia, el derecho comercial, el derecho civil, en las perspectivas, alcances y construcción del desarrollo y transformación del derecho, la justicia y el ordenamiento jurídico, dimensionados en el ámbito regional, local y nacional.

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